- Falsedad Material e ideológica y otro
- Que de la revisión de los datos del proceso se advierte que pronunciada la sentencia
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- Que la Corte de Alzada al advertir que las cuestiones de forma no fueron cumplidas,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en aplicación del artículo
- Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, hágase conocer la presente resolución
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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