CONSIDERANDO: Que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está
CONSIDERANDO: Que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está diseñado para plasmar de manera efectiva el derecho que todo imputado tiene para pedir la revisión del fallo condenatorio dictado en su contra, y encuentra su fundamento jurídico en el reconocimiento constitucional de derechos fundamentales que pudiesen ser afectados a consecuencia de una sentencia que se origine en una errónea aplicación de la normativa penal, derecho que ha sido desarrollado por el artículo 407 del Código de Procedimiento Penal, cuyos alcances encuentra congruencia con los acuerdos internacionales suscritos por Bolivia, que de manera expresa consagran el derecho que tiene toda persona declarada culpable de un delito para que el fallo condenatorio y la pena impuesta puedan ser sometidos a una segunda opinión por un juez o tribunal superior
- Ejercicio Indebido de la Profesión y otro
- CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación de fojas 249 a 250 por Auto Supremo
- Que de la revisión de los datos del proceso se advierte que el tribunal a-quo,
- CONSIDERANDO: Que el sistema de recursos contenido en el nuevo Código de Procedimiento Penal, está
- Que conforme a la normativa procesal penal y la doctrina contemporánea la apelación restringida constituye
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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