Que respecto al recurso interpuesto por Elvira Tapia Zabala y por Felicidad Valverde Vidal, si
Que respecto al recurso interpuesto por Elvira Tapia Zabala y por Felicidad Valverde Vidal, si bien, a tiempo de interponer la apelación restringida a través del apoderado Luis Zabala Farrel a fojas 486 a 487 y en casación, citaron casos de jurisprudencia como precedentes contradictorios, no especificaron ni señalaron en términos claros y precisos la contradicción existente con el Auto de Vista impugnado como establece el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal
- Lesiones graves y gravísimas en Acc. de tránsito y otro
- CONSIDERANDO: que la normativa procesal penal reconoce que el recurso de casación se caracteriza no
- Que en el caso de Autos, en cuanto al recurso del imputado Renato Barja Campos,
- Que respecto al recurso interpuesto por Elvira Tapia Zabala y por Felicidad Valverde Vidal, si
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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