Auto Supremo AS/0220/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0220/2004

Fecha: 03-Nov-2004

En consecuencia, al haber así dispuesto el tribunal compulsado en el auto denegatorio ha obrado


En el sub lite, el auto interlocutorio impugnado que ordena la remisión del expediente a la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior de La Paz para su acumulación al proceso principal, no se encuentra comprendido en los casos señalados por el art. 255 del precitado Código de Procedimiento Civil, por cuanto dicha resolución no pone término al litigio, menos decide una excepción de incompetencia o anula el proceso.

En consecuencia, al haber así dispuesto el tribunal compulsado en el auto denegatorio ha obrado correctamente