Auto Supremo AS/0681/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0681/2004

Fecha: 05-Nov-2004

CONSIDERANDO: que doctrinalmente la revisión de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada es


CONSIDERANDO: que doctrinalmente la revisión de una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada es una acción extraordinaria independiente que da lugar a otro proceso, cuya finalidad es rescindir sentencias condenatorias firmes siempre que se presenten los casos previstos en el artículo 421 del Código de Procedimiento Penal