POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE los recursos de casación interpuestos por los Fiscales de Materia y el imputado Yerko Andrés Kukoc del Carpio, disponiendo que, por Secretaría, se remitan a todas las Cortes Superiores del país fotocopias de la Sentencia de fojas 3 a 6, del Auto de Vista de fojas 36 a 39 y del presente Auto a los efectos de la segunda parte del mencionado precepto
- Hurto
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de octubre del presente año 2004 por
- CONSIDERANDO: que en el marco normativo del Código de Procedimiento Penal se exige que todo
- Que tanto los recurrentes representantes del Ministerio Público como el imputado expusieron como fundamentos de
- Que conforme a las exigencias de los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- El Ministro Dr
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, doce de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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