VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de octubre del presente año 2004 por
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VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de octubre del presente año 2004 por el Ministerio público con sede en el Distrito Judicial de Santa Cruz (fojas 973 a 977) y el recurso de casación interpuesto en su condición de imputado por el ciudadano Yerko Andrés Kukoc del Carpio en la misma fecha (fojas 988 a 991), ambos impugnando el Auto de Vista emitido el 15 de septiembre anterior por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia de ese Distrito que, en fase de conocimiento de un recurso de apelación restringida planteado por el Presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, Sacha Llorenty Solíz, declaró procedente dicho recurso (fojas 969 a 972) y, en mérito a esa declaración, anuló totalmente la sentencia pronunciada el 10 de julio del mismo año (fojas 927 a 930) por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del mencionado Distrito Judicial que, homologando un acuerdo suscrito entre dos representantes del Ministerio Público y el imputado, condenó a éste a la pena de dos años de privación de libertad por el delito de hurto tipificado por el artículo 326 del Código Penal bajo la modalidad de procedimiento abreviado establecido por los artículos 373 y 374 del Código de Procedimiento Penal
- Hurto
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 4 de octubre del presente año 2004 por
- CONSIDERANDO: que en el marco normativo del Código de Procedimiento Penal se exige que todo
- Que tanto los recurrentes representantes del Ministerio Público como el imputado expusieron como fundamentos de
- Que conforme a las exigencias de los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- El Ministro Dr
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, doce de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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