Que al término del proceso iniciado en mérito a la demanda de responsabilidad civil, el
Que al término del proceso iniciado en mérito a la demanda de responsabilidad civil, el Juez de la causa calificó el monto a pagarse en la suma de Bs. 51.895.10 (cincuenta y un mil ochocientos noventa y cinco 10/100 bolivianos) originada en que, al monto de Bs. 25.623,00 (veinticinco mil seiscientos veintitrés 00/1000 bolivianos) en que consistió el crédito otorgado a tercera persona con garantía de Margarita Conde, se agregaron intereses legales y se tomaron en cuenta "las fluctuaciones de la moneda". Contra ese fallo, Margarita Conde Yugar interpuso recurso de apelación que fue resuelto por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Oruro mediante el Auto de Vista número 167/2002 de 30 de octubre de 2002 que confirmó en todas sus partes la sentencia apelada. Impugnando lo resuelto en ese Auto de Vista, Margarita Conde interpuso el recurso de casación o de nulidad que es caso de Autos, manifestando que por la deuda de Bs. 25.623,00 (veinticinco mil seiscientos veintitrés 00/100) resultante del crédito otorgado para adquisición de mercaderías, no por ella sino por otra persona, hubo un proceso ejecutivo que concluyó con sentencia ejecutoriada, razón por la cual no corresponde que se le cobre nuevamente por el mismo hecho
- Estelionato
- VISTOS: el recurso de casación o de nulidad interpuesto el 5 de noviembre de 2002
- CONSIDERANDO: que del análisis del caso se tiene que, en febrero del año 1996, Margarita
- Que al término del proceso iniciado en mérito a la demanda de responsabilidad civil, el
- Que en atención a esos antecedentes, se pudo apreciar que no se iniciaron propiamente dos
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la doctrina y la uniforme jurisprudencia del Supremo Tribunal, el
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con requerimiento
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinticuatro de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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