CONSIDERANDO: que la recurrente expuso como fundamentos de su recurso la causal de prescripción y
CONSIDERANDO: que la recurrente expuso como fundamentos de su recurso la causal de prescripción y la de sustanciación con vicios procesales, respecto a las cuales, por la revisión correspondiente, se ha establecido que la cuestión de excepción por prescripción ya fue resuelta por el Juez mediante auto motivado (fojas 41 a 41 vuelta) que declaró improbada la pretensión respectiva y que, en cuanto a la demanda de nulidad por vicios procesales, se tiene que tal demanda se limitó a mencionar el punto sin señalar en cuál de las causales establecidas para el efecto por el artículo 297 del Código de Procedimiento Penal se basó la solicitud
- VISTOS: el recurso de casación o de nulidad interpuesto el 28 de noviembre del año
- CONSIDERANDO: que la recurrente expuso como fundamentos de su recurso la causal de prescripción y
- Que de dicho análisis se concluye que la Corte de Alzada, al confirmar la sentencia
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinticinco de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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