Notificada con la recusación, la Ministra doctora Virginia Kolle Caso, conforme ordena el artículo 10-III
Notificada con la recusación, la Ministra doctora Virginia Kolle Caso, conforme ordena el artículo 10-III de la Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar, remitió informe explicativo a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, haciendo presente que no se allana a la recusación, en cuanto efectivamente desempeñó funciones como Representante Departamental del Defensor del Pueblo en Chuquisaca, empero no es evidente que haya recibido la visita de José Rubén Gutiérrez Hinojosa, en su condición de representante de los trabajadores del LAB, de manera que mal podía haber emitido criterio sobre el proceso, y además que en atención a la causal 2) del artículo 24 de la Ley del Defensor del Pueblo, no podía admitir la queja (si acaso se hubiere planteado) porque el asunto se encontraba pendiente de resolución judicial. Hace presente finalmente la extemporaneidad del incidente
- CONSIDERANDO: que por memorial de 5 de noviembre de 2004, Edgar Rück Arzabe, en representación
- Notificada con la recusación, la Ministra doctora Virginia Kolle Caso, conforme ordena el artículo 10-III
- Que revisados los antecedentes y el informe presentado por la Ministra recusada, se concluye en
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, RECHAZA
- Regístrese y devuélvase
- No interviene el Presidente doctor Eduardo Rodríguez Veitzé por ausencia momentánea
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