Por lo expuesto y no encontrándose justificadas las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en
Por lo expuesto y no encontrándose justificadas las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en el marco del artículo 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicable en la materia con la permisión de la norma remisiva contenida en el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- AUTO SUPREMO Nº 335 - Social Sucre, 21 de diciembre de 2004
- PARTES: Luis Hernán Pizarro Alvarez c/ CROWN Ltda.
- RELATORA: MINISTRA DRA.-Virginia Kolle Caso
- CONSIDERANDO: Que tramitado el proceso social, la Jueza Sexto del Trabajo y S
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes se establece
- Tampoco pudo incurrir en infracción de los artículos 151 y 159 del Código Adjetivo Laboral,
- Por lo expuesto y no encontrándose justificadas las infracciones acusadas, corresponde resolver el recurso en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dra. Virginia Kolle Caso
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 21 de diciembre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara
- ?? ?? ?? ??
