Auto Supremo AS/0731/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0731/2004

Fecha: 01-Dic-2004

Que los imputados Víctor Padilla Quiróz y Lucía Lizarazu de Padilla, al recurrir de casación


Que los imputados Víctor Padilla Quiróz y Lucía Lizarazu de Padilla, al recurrir de casación con los fundamentos contenidos en folios 202 a 203 vuelta, expresaron como agravios la violación del artículo 203 del Código Penal porque su conducta no corresponde a la comisión de los delitos previstos por los artículos 199 y 203 del Código Penal, omitiendo el requisito esencial de presentación del precedente contradictorio que exigen los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal