Sucre, dos de diciembre de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, dos de diciembre de dos mil cuatro
- Lesiones gravísimas y otro
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de
- Que revisado el recurso de casación de fojas 180 a 183 vuelta se establece que
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema, en aplicación de los artículos 417
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, dos de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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