POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los artículos 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación deducido en los folios 54 a 55 vuelta de obrados
- CONSIDERANDO: que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de
- Que en el caso de autos, revisado el recurso de casación de fojas 54 a
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, tres de diciembre de dos mil cuatro
- roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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