De acuerdo al artículo 427 del Código de Procedimiento Penal, este rechazo no impide nueva
De acuerdo al artículo 427 del Código de Procedimiento Penal, este rechazo no impide nueva solicitud de revisión
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: que el recurrente apoyó su demanda en lo previsto en el numeral 1) del
- Señaló que su persona, sin comprender las consecuencias del proceso abreviado por no hablar castellano
- Que analizados los antecedentes, se evidencia que el recurrente fue formalmente acusado por la comisión
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando la primera parte
- De acuerdo al artículo 427 del Código de Procedimiento Penal, este rechazo no impide nueva
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, catorce de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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