CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, consistentes en que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro del plazo de cinco días de la notificación con el Auto de Vista respectivo, precisar los hechos similares y establecer con claridad el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de vista impugnado y el precedente contradictorio invocado
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 437 a 442 vuelta interpuesto por Rina Luz
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales
- Que la recurrente Rina Luz Borda de Durán, mediante el recurso de casación de fojas
- Que por otra parte, la recurrente cita como precedente contradictorio el Auto de Vista de
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 417
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diecisiete de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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