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Se llama severamente la atención a los Vocales, Secretario de Cámara y Diligenciero de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba por las irregularidades detectadas en cuanto a las notificaciones así como la remisión del expediente al Juez A-quo en lugar de elevar el proceso ante este Tribunal, constituyendo esos hechos clara retardación de justicia, por lo que corresponde remitir el presente Auto Supremo al Consejo de la Judicatura para los fines respectivos
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