Auto Supremo AS/0031/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0031/2004

Fecha: 31-Mar-2004

CONSIDERANDO: Que, por la documentación debidamente traducida que cursa en obrados de fs


CONSIDERANDO: Que, por la documentación debidamente traducida que cursa en obrados de fs. 1 a 59, se tiene que el impetrante ha acreditado conforme a derecho que el Juzgado que resolvió el divorcio tenía competencia para conocer ese trámite y que la resolución en cuestión no contradice nuestra legislación sobre la materia que también contempla el divorcio por separación libre y voluntaria de ambos esposos, art. 131 Cód. de Familia