Auto Supremo AS/0113/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2004

Fecha: 01-Mar-2004

Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a la infracción


Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a la infracción acusada se establece que los Tribunales de instancia a tiempo de fijar la pena de seis años de presidio que le corresponde por el delito de tentativa de transporte de sustancias controladas, no han infringido norma legal alguna, considerando que en delitos en los que está establecida la pena mínima y máxima, los jueces de grado están facultados a fijar la misma aplicando al caso lo previsto en los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal; que el delito de transporte de sustancias controladas, art. 55 de la Ley 1008 está sancionado, con la pena privativa de libertad de ocho a doce años de presidio, por consiguiente en el caso de autos los Tribunales de grado a tiempo de establecer la pena han tomado como base 9 (nueve) años de presidio y los dos tercios que corresponde a tentativa conforme establece el art. 8º del Código punitivo es seis años de presidio, de ahí que no es evidente que existiera error en la graduación de la pena conforme denuncia el recurrente