Auto Supremo AS/0116/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0116/2004

Fecha: 02-Mar-2004

CONSIDERANDO: Impugnando el Auto de Vista referido, recurren de casación los procesados, con los fundamentos


CONSIDERANDO: Impugnando el Auto de Vista referido, recurren de casación los procesados, con los fundamentos expuestos en sus memoriales ya mencionados al exordio: a) Liderman Magariño Bravo, denuncia la violación del art. 76 de la Ley 1008, al ser aplicado a hechos no regulados por dicha norma; b) por su parte Julio Ulo Salgueiro señala la violación del art. 48 de la Ley 1008 así como los arts. 133 y 243 del Código de Procedimiento Penal por error en su aplicación; y c) a su vez Lidia Condori Barco acusa la violación del art. 76 y 48 de la Ley 1008, al ser injustamente condenada sin que su conducta corresponda al tipo previsto por dichas normas. Todos los recurrentes, piden casar el auto impugnado y se los absuelva de culpa y pena de los delitos imputados