Auto Supremo AS/0143/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0143/2004

Fecha: 10-Mar-2004

CONSIDERANDO: Que, el nuevo Código de Procedimiento Penal, acorde con la doctrina penal, reconoce que





VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 174-182 vlta., interpuesto por Juan Francisco María Bedregal Villanueva, impugnando el Auto de Vista de fs. 162 y vlta. de fecha 24 de diciembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del juicio penal oral, público y contradictorio seguido por el recurrente contra Raúl Garrón Ruiz, por el delito de injurias y calumnias, previsto por el art. 283 y 287 del Código Penal; sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: Que, el nuevo Código de Procedimiento Penal, acorde con la doctrina penal, reconoce que el recurso de casación se caracteriza no solamente por estar equiparado a una demanda nueva de puro derecho, sino que para su interposición y admisión es pertinente que el legitimado a recurrir haya invocado ya en su apelación restringida el precedente contradictorio, señalando en casación la contradicción del fallo que se pretende rever, con precedentes jurisprudenciales emitidos por las Salas Penales de las Cortes Superiores o, bien por la Sala Penal de la Corte Suprema, acompañando para el efecto copia del recurso de apelación restringida, a objeto de verificar si se han cumplido con los requisitos que establecen los arts. 416 y 417 del citado Código de Procedimiento Penal