Auto Supremo AS/0150/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0150/2004

Fecha: 17-Mar-2004

Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.


POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 59-1 de la Ley de Organización Judicial, aplicando los arts. 417 y 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso interpuesto a fs. 107 de obrados

 

Regístrese y devuélvase

 

Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada

Dr. Jaime Ampuero García

Sucre 17 de marzo de 2004

Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.