POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 624-625, aplicando el inc. 2) del Art. 307 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 612-613 de obrados, con costas
- uso indebido de influencias y otros
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Que elevado el proceso en grado de apelación, la Sala Penal Segunda de la Corte
- El incriminado Julio Saavedra Gabriel, recurre de casación acusando la infracción directa de los arts
- CONSIDERANDO: Que de conformidad con el art
- Que del examen de los antecedentes que fluyen del proceso, con relación a las infracciones
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara.
