Auto Supremo AS/0180/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2004

Fecha: 21-Abr-2004

Si bien es cierto que las tareas desempeñadas por el actor en el giro de


Si bien es cierto que las tareas desempeñadas por el actor en el giro de la actividad del empleador no revelan el carácter eventual sostenido por la entidad demandada, es también evidente que los servicios prestados fueron discontinuos; no otra cosa certifica el hecho de que el aguinaldo correspondiente a la gestión 98 (fs. 20) haya sido calculado en duodécimas. En éste marco, se debe precisar que, contrariamente a lo razonado por el Juez A quo, el hecho de haberse pagado el aguinaldo de navidad a favor del actor, de ningún modo puede entenderse como generador de obligación laboral, menos que altere o modifique la discontinuidad los servicios prestados