De lo expuesto se establece que los tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con
De lo expuesto se establece que los tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con los argumentos en ellos explanados, no han violado ninguna de las disposiciones legales mencionadas, por el contrario, dentro del contexto que establece el art. 135 del Código de Procedimiento Penal, han valorado correctamente las pruebas, calificando la conducta del incriminado en la previsión del art. 55 de la Ley 1008. Además a tiempo de establecer la sanción han considerado los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal
- CONSIDERANDO: Que en los folios 146-147 cursa el A
- Contra el referido fallo, con los fundamentos expuestos en el memorial de fs
- CONSIDERANDO: Que del examen de antecedentes que aporta el proceso, con relación a las infracciones
- De lo expuesto se establece que los tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez._Secretario de Cámara.
