Auto Supremo AS/0235/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0235/2004

Fecha: 15-Abr-2004

De lo expuesto se establece que los tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con


De lo expuesto se establece que los tribunales de instancia al pronunciar sus fallos con los argumentos en ellos explanados, no han violado ninguna de las disposiciones legales mencionadas, por el contrario, dentro del contexto que establece el art. 135 del Código de Procedimiento Penal, han valorado correctamente las pruebas, calificando la conducta del incriminado en la previsión del art. 55 de la Ley 1008. Además a tiempo de establecer la sanción han considerado los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal