Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara ILEGAL la compulsa de fs. 17, con costas y multa de acuerdo a la previsión del art. 296 del Código de Procedimiento Civil, las que serán calificadas con sujeción al arancel vigente
Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- AUTO SUPREMO Nº 206 - Compulsa Sucre, 5 de mayo de 2004
- Superior de La Paz
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de Justicia del
- CONSIDERANDO: Que el recurrente, luego de notificado con el rechazo del recurso de casación, en
- Conforme al marco normativo de los arts
- Relator: Ministro Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 5 de mayo de 2004
- roveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
