POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara INADMISIBLE in-limine, el recurso de casación interpuesto por Juan José Arandia Camacho
- Alcaldía Municipal, perturbación de posesión y otros
- CONSIDERANDO: Que, según la interpretación del art
- Ahora bien, el art
- Que, en el presente caso, María Edith Fernández de Salazar, Primitivo Milán Vargas, Juan José
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
