Auto Supremo AS/0267/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2004

Fecha: 22-Jun-2004

CONSIDERANDO: Que, interpuesto el Recurso de Reclamación a fs





VISTOS: El recurso de casación de fs. 82-81, interpuesto por José Luis Pérez Ordóñez, Director General de Pensiones, contra el Auto de Vista de fs. 75, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso de Reclamación seguido por Felipe Alberto Delgado López, contra la Dirección General de Pensiones; los antecedentes del proceso, Dictamen Fiscal de fs. 89, y

CONSIDERANDO: Que, interpuesto el Recurso de Reclamación a fs. 57, tramitado que fue, la Comisión de Reclamación de la Dirección General de Pensiones pronunció Resolución Administrativa Nro. 063.98, cursante a fs. 64-63 confirmando la Resolución 008279 de 24.07.97, por la que se procedió a otorgar a favor de Felipe Alberto Delgado López Renta Complementaria de Vejez, a partir del mes de mayo de 1997. En grado de apelación la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista a fs. 75, REVOCANDO, la Resolución Administrativa apelada, disponiendo el reconocimiento de la retroactividad al mes de enero de 1996; fallo que motivó el recurso de casación que acusa, transgresión de lo dispuesto en los arts. 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social, concordante con el inc. 3.1) del Instructivo para Calificación de Renta Unica en Curso de Adquisición y 9 del D.S. 20991 de 01.08.85, así como aplicación indebida del art. 539 del Reglamento del Código de Seguridad Social, solicitando en definitiva se case el Auto de Vista