Auto Supremo AS/0360/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2004

Fecha: 15-Jun-2004

CONSIDERANDO: Que Angel Grisi Orrico en su condición de padre y tutor legal de su


CONSIDERANDO: Que Angel Grisi Orrico en su condición de padre y tutor legal de su hijo de 17 años de edad, el imputado Carlos Mauricio Crisi Arze, en el recurso de casación interpuesto, denuncia los siguientes hechos: a) que el Auto de Vista Nº 103/04 de 17 de abril de 2004 desobedeció la doctrina legal obligatoria dispuesta en el A. S. Nº 103/04 de 20 de febrero de 2004, al no anular la sentencia, por defecto absoluto y defectos de la sentencia; b) el Auto de Vista impugnado no reúne los requisitos esenciales del art. 413 con relación a los arts. 411 y 412 del C.P.P.; c) el indicado Auto de Vista no consideró las denuncias de fs. 34-38, 59-60, 63, 67, 68, 75-77, 82 y 111-112, sobre inobservancia y errónea aplicación de la Ley, siguiendo con una actividad procesal defectuosa no susceptible de convalidación, infringiendo el art. 15 de la Ley de Organización Judicial; d) el Auto de Vista impugnado debió circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de la apelación y fundamentación como prescriben los arts. 190 y 236 del Código de Procedimiento Civil; y e) debió aplicar el art. 273 del Código Penal. Con respecto a las denuncias que anteceden, reitera el precedente contradictorio contenido en el A.S. Nº 553 de 8 de noviembre de 2001 que cursa a fs. 235-326 y vlta. de obrados