CONSIDERANDO: Que, el art
VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia, interpuesto a fs.77-86 por Juan José Delgado Rivera, como emergencia del fenecido proceso penal seguido por Cleofé Vda. de Rengifo contra Marcelo Delgado Rivera y otros, por el delito de violación; sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: Que, el art. 422-2) del Código de Procedimiento Penal, establece que podrán interponer el recurso de revisión de sentencia: "El cónyuge, conviviente o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, o por adopción, si el condenado ha fallecido"
- PARTES: Juan José Delgado Rivera
- Revisión extraordinaria de sentencia
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, de lo anterior, resulta que las personas indicadas, podrán interponer el recurso, sólo si
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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