- PARTES: Juan José Delgado Rivera
- Revisión extraordinaria de sentencia
- CONSIDERANDO: Que, el art
- Que, de lo anterior, resulta que las personas indicadas, podrán interponer el recurso, sólo si
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, declara INADMISIBLE el recurso
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
