Auto Supremo AS/0392/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0392/2004

Fecha: 23-Jul-2004

CONSIDERANDO: Que en el marco normativo del Código de Procedimiento Penal, se exige que todo





VISTOS: El recurso de casación interpuesto por René Huanca Vásquez, Virginia Janeth Crespo Ibáñez y Aleida Laura en representación de la Gerencia Regional de Aduana de La Paz a fs. 109-111, impugnando el Auto de Vista de 26 de abril de 2004 de fs. 107 y vlta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y los recurrentes contra Ariel Aguilar Espinoza, por la presunta comisión de los delitos de contrabando de mercadería y falsificación de documentos aduaneros; los antecedentes del proceso, los precedentes que se invocan, y;

CONSIDERANDO: Que en el marco normativo del Código de Procedimiento Penal, se exige que todo recurso de casación para su admisión, debe cumplir indefectiblemente con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, lo que entraña tener que llenar los requisitos formales previstos por los arts. 416 y 417 de la L. N° 1970