Que en caso de autos, el recurso de casación deducido a fs
Que en caso de autos, el recurso de casación deducido a fs. 568-573 impugna el Auto de Vista de 27 de febrero que resuelve una apelación incidental, dentro de la excepción previa de extinción de acción penal, previsto en el art. 308 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal, por consiguiente no se halla comprendido en los alcances de los arts. 416 y 50 del Código de Procedimiento Penal, en cuya virtud en aplicación de la parte final del art. 399 de la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999, corresponde sin considerar el fondo del recurso deducido rechazar el mismo
- Camacho. Abuso de confianza
- CONSIDERANDO: Que en caso de autos, de la revisión de antecedentes, se observa que el
- CONSIDERANDO: De conformidad con el art
- Que en caso de autos, el recurso de casación deducido a fs
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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