Auto Supremo AS/0421/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0421/2004

Fecha: 18-Ago-2004

En el caso de autos se establece que la querellante a tiempo de interponer el


En el caso de autos se establece que la querellante a tiempo de interponer el recurso de casación, no invocó ningún precedente contradictorio, requisito ineludible por ser base y sustento legal para la procedencia del recurso de casación, hecho que priva al Tribunal de casación de su consideración al no ser posible establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado con el precedente. En consecuencia el recurso deducido al no haber cumplido con lo previsto en los artículos 416 y 417 de la Ley número 1970 es inadmisible