CONSIDERANDO: de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de casación
VISTOS: el recurso de casación de fojas 76 a 77 interpuesto por Rosendo Mamani Blanco, impugnando el Auto de Vista de fojas 73 a 74 de 28 de abril de 2004, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de La Paz dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otro, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de casación se exige el cumplimiento de todos los requisitos exigidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, o que aquél se hubiera tramitado con defectos absolutos
- PARTES: Ministerio Público c/ Rosendo Mamani Blanco y otro
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de casación
- Que de la revisión de los antecedentes se advierte que el Auto Vista impugnado contiene
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 418
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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