POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 418
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación de fojas 76 a 77, y dispone que por Secretaría de Cámara se remitan a todas las Salas Penales de las Cortes Superiores, fotocopias de la sentencia de fojas 21 a 27, el Auto de Vista de fojas 73 a 74 y el presente Auto de admisión, a efecto de lo previsto en el parágrafo segundo del artículo 418 de la Ley número 1970
- PARTES: Ministerio Público c/ Rosendo Mamani Blanco y otro
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de casación
- Que de la revisión de los antecedentes se advierte que el Auto Vista impugnado contiene
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, aplicando el artículo 418
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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