POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la atribución 1ª, del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial y en aplicación de lo establecido por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, ADMITE el recurso de casación deducido a fojas 168 a 170 vuelta, y el de adhesión de fojas 177 a 179 de obrados y dispone que por Secretaría de Cámara se remitan a todas las Cortes Superiores del país fotocopias de la sentencia de fojas 108 a 123, del Auto de Vista de fojas 161 a 163, del recurso de casación de fojas 168 a 170 vuelta, de la adhesión al recurso de fojas 177 a 179 y del presente Auto Supremo de Admisión a efecto de la observancia de la disposición contenida en el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal
- Suárez y otro. Robo agravado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Klaus Sieghard Hinz Penner a fojas 168 a
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la nueva normativa del Código de Procedimiento Penal se exige
- Que el querellante, dentro del plazo legal previsto por el artículo 417 del Código de
- Que sosteniendo que carece de fundamento el criterio de atenuación de la pena en favor
- Que por su parte el imputado Hugo Rivero Durán se adhirió al recurso de casación
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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