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2.- Notificados los tres procesados con esa sentencia, sólo uno de ellos, Lorenzo Rojas Flores, interpuso recurso de apelación contra la misma mediante memorial de 6 de junio de ese año 2001 (fojas 234), con referencia al cual la Sala Penal Primera del Distrito Judicial de La Paz emitió el 8 de octubre del indicado año 2001 el Auto de Vista que confirmó la sentencia apelada (fojas 242 a 243) que dio origen al recurso de casación que es caso de autos
- PARTES: Ministerio Público c/ Lorenzo Rojas Flores y otros
- Robo agravado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Lorenzo Rojas Flores mediante memorial de 30 de
- CONSIDERANDO: que el caso de autos tuvo origen en los siguientes antecedentes
- 2
- CONSIDERANDO: que el recurrente Lorenzo Rojas Flores sostuvo mediante memorial de 30 de octubre de
- Que habiéndose pasado en vista dicho recurso al Ministerio Público, el Fiscal Adjunto de la
- Que entre las pruebas que constan como antecedentes de la sentencia de primera instancia y
- Que del análisis de esa prueba y de las otras recogidas durante las fases del
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, veintitrés de agosto de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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