CONSIDERANDO: que el recurrente Lorenzo Rojas Flores sostuvo mediante memorial de 30 de octubre de
CONSIDERANDO: que el recurrente Lorenzo Rojas Flores sostuvo mediante memorial de 30 de octubre de 2001, como fundamento de su impugnación, que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz no hizo una adecuada valoración de pruebas pues no percibió que él, en su condición de chofer de taxi, se limitó a llevar como pasajero a Justo Quiñones (fojas 245 a 246)
- PARTES: Ministerio Público c/ Lorenzo Rojas Flores y otros
- Robo agravado
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Lorenzo Rojas Flores mediante memorial de 30 de
- CONSIDERANDO: que el caso de autos tuvo origen en los siguientes antecedentes
- 2
- CONSIDERANDO: que el recurrente Lorenzo Rojas Flores sostuvo mediante memorial de 30 de octubre de
- Que habiéndose pasado en vista dicho recurso al Ministerio Público, el Fiscal Adjunto de la
- Que entre las pruebas que constan como antecedentes de la sentencia de primera instancia y
- Que del análisis de esa prueba y de las otras recogidas durante las fases del
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, veintitrés de agosto de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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