Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que pronunciada la sentencia
Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que pronunciada la sentencia condenatoria de fojas 197 a 200, Sergio Cruz Huanca a fojas 203 a 204 vuelta interpone el recurso de apelación restringida, habiendo la Corte de alzada mediante Auto de Vista de fojas 215 y 215 vuelta declarado inadmisible la apelación restringida planteada por el querellante, por inobservancia de los requisitos exigidos por los artículos 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal, es decir por no haber citado las leyes violadas o erróneamente aplicadas
- PARTES: Sergio Cruz Huanca c/ Idola Gutiérrez Guardia
- Perturbación de posesión
- CONSIDERANDO: que admitido el recurso de casación por Auto Supremo N°499 de 3 de octubre
- Que de la revisión de los datos del proceso, se advierte que pronunciada la sentencia
- CONSIDERANDO: que el sistema de recursos en el vigente Código de Procedimiento Penal está concebida
- Que en el mismo sentido establecen las Sentencias Constitucionales Nos
- DOCTRINA LEGAL APLICABLE
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del artículo
- Para fines del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, hágase conocer la presente resolución
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
