Sucre, veinticinco de agosto de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, veinticinco de agosto de dos mil cuatro
- Contrabando
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 87 y 87 vuelta interpuesto por Flavio Aruquipa
- CONSIDERANDO: que el Juez Segundo de Partido en lo Penal de la ciudad de La
- Que dicha sentencia, en grado de apelación, fue revocada por la Sala Penal Primera de
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación es una carga para el recurrente, quien está obligado
- Que del análisis del recurso de casación interpuesto por el defensor oficial, se advierte que
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinticinco de agosto de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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