CONSIDERANDO: El Art
CONSIDERANDO: El Art. 258 - 2) del Código de Procedimiento Civil de manera terminante exige que: "el recurso de casación deberá citar en términos claros, concretos y precisos la sentencia o Auto del que se recurriere, su folio dentro del expediente la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en que consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma, o en ambos "
- partida de nacimiento)
- MINISTRA RELATORA: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Que ante tal determinación se presenta el recurso de casación que es motivo del análisis
- CONSIDERANDO: El Art
- Es por ello que la jurisprudencia nacional coincidente con los criterios doctrinales del derecho procesal
- Todo lo así expresado justifica la aplicación del contenido de los Arts
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- delegándose la ejecución de cumplimiento al Tribunal inferior
- Relatora: Ministra Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Ma. del Rosario Vilar G
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