Auto Supremo AS/0025/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0025/2004

Fecha: 22-Sep-2004

Que ante tal determinación se presenta el recurso de casación que es motivo del análisis


>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>

VISTOS: El recurso de casación corriente de fs. 381 a 383 interpuesto por Fausto Mamani Villasante y Heriberto Mamani Villasante contra el auto de vista Nº 111/2003 de fecha 21 de junio de 2003 años, pronunciado por la Sala Civil Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso ordinario de nulidad de matrimonio y de inscripción de partida de nacimiento seguido por los recurrentes contra Candelaria Limachi Oyola, el dictamen del Sr. Fiscal General de la República, los antecedentes procesales, y

CONSIDERANDO: Que a fs. 353 a 356 y vlta. corre la sentencia Nº 33/2003 mediante la cual el Juez de Partido Tercero de Familia de la ciudad de Potosí declara probada en parte la demanda disponiendo la nulidad del reconocimiento efectuado a favor de la menor Viviana Mamani Limachi que deberá llevar los apellidos de su original filiación como Viviana Martínez Limachi. De la misma forma declara improbada la demanda de nulidad del matrimonio celebrado entre Santiago Mamani y Candelaria Limachi Oyola. Que este fallo de primera instancia es objeto de recurso de apelación por parte de los demandantes Hermanos Mamani Villasante, motivando que el tribunal ad quem anulando el auto de concesión del recurso de apelación declare ejecutoriada la resolución de primera instancia.

Que ante tal determinación se presenta el recurso de casación que es motivo del análisis que con la permisión del Art. 58 - 1) de la Ley de Organización Judicial se lleva a continuación