Que en base al informe caso Radic-Garafulic y otros corriente de fs
Que en base al informe caso Radic-Garafulic y otros corriente de fs. 200 a 203, salvado por la fiscal comisionada, el Fiscal General de la República a fs. 320 a 332 requiere por el rechazo de la querella interpuesta por Estanislao Radic Valderrama contra las autoridades Judiciales del Distrito de Potosí, Vidal Rollano Vallejo y Guido Rojas Villagomez (Vocales de la Corte Superior de Distrito); Eldy Duarte Rocabado y Freddy Llanos Martínez (Jueces) y los particulares Raúl Garafulic Gutiérrez y Humberto Duarte Almendro, por supuestos delitos de prevaricato y otros, arguyendo que, según los arts. 301 y 304 inc. 1°) del Código de Procedimiento Penal, los hechos denunciados no constituyen delito. Asimismo, ante el fallecimiento del sindicado Guido Rojas Villagomez, requiere por la declaratoria de extinción de la acción penal
- CONSIDERANDO: Que en cumplimiento de lo resuelto por Auto Supremo N° 067/2003 de 18 de
- Que en base al informe caso Radic-Garafulic y otros corriente de fs
- CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el inc
- En autos, el requerimiento del Fiscal General de la República de 10 de agosto de
- POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintinueve de septiembre del año dos mil cuatro
- ?? ?? ?? ??
