Que en el caso de autos, del examen de los antecedentes cursantes, se establece que
Que en el caso de autos, del examen de los antecedentes cursantes, se establece que el Ministerio Público, al estar conforme con la sentencia dictada por el Tribunal a quo, no hizo uso del recurso de apelación restringida y, sin embargo, cuando se anuló la sentencia por el Auto de Vista de fojas 243 a 244, recurrió de casación sin cumplir lo previsto en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal pues no invocó ningún precedente como base y sustento legal para la procedencia del recurso de casación
- PARTES: Ministerio Público c/ Pedro Andaverez Cardón
- Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 245 interpuesto por el Fiscal de Materia de
- CONSIDERANDO: que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de
- Que en el caso de autos, del examen de los antecedentes cursantes, se establece que
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
