Auto Supremo AS/0504/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0504/2004

Fecha: 10-Sep-2004

CONSIDERANDO: que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de


CONSIDERANDO: que el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal establece que el recurso de casación procede para impugnar autos de vista que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de las Cortes Superiores o por la Corte Suprema, entendiéndose que existe contradicción cuando en una situación de hecho similar el sentido jurídico que se asigna al auto de vista impugnado no coincida con el precedente invocado, debiendo además en el recurso de casación puntualizar en términos claros y precisos la contradicción existente entre el auto de vista recurrido y el precedente invocado