Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Calderón y otro
- Despojo
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación el recurrente debe cumplir con los
- CONSIDERANDO: que de la revisión de antecedentes que informan el proceso, se desprende que la
- Que por lo expuesto, al no haberse cumplido con los requisitos previstos por los artículos
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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