POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, ADMITE el recurso de casación interpuesto por Justo Gardeazábal Paputsachis contra el Auto de Vista número 41/2004 emitido el 24 de agosto del presente año 2004 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, y dispone que, por Secretaría de Cámara, se remitan a todas las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia del país copias de la Sentencia de fojas 46 a 50, del Auto de Vista de fojas 97 a 98 y del presente Auto para que se inhiban de dictar Autos de Vista en los que se adopten decisiones sobre las mismas cuestiones de Derecho hasta que se haga conocer la resolución correspondiente al recurso de casación interpuesto
- Calumnia y otros
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Justo Gardeazábal Paputsachis el 4 de septiembre en
- CONSIDERANDO: que al término del proceso penal seguido por Justo Gardeazábal Paputsachis a Vania Norah
- Que Vania Norah Sánchez Zambrana, impugnando esa Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida que se
- Que el recurso de casación que interpuso Justo Gardeazábal Paputsachis se presentó acreditando el cumplimiento
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintidós de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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