Auto Supremo AS/0022/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2005

Fecha: 31-Ene-2005

CONSIDERANDO: que contra el Auto de Vista y dentro el plazo previsto por la norma


MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano

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VISTOS: el recurso de casación de fojas 803 a 804 interpuesto por Crispín Martínez Coca impugnando el Auto de Vista de fojas 800 y vuelta dictado en fecha 20 de diciembre de 2002 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro la demanda de calificación de responsabilidad civil, emergente del proceso penal seguido por Edgar Wilbert Ibáñez y Antonia Blanco de Ibáñez contra el recurrente con relación a los delitos de homicidio en accidente de tránsito y omisión de socorro previstos en los artículos 261 y 262 del Código Penal, los antecedentes del proceso, lo fundamentado por el recurrente, el requerimiento del Sr. Fiscal Adjunto, y

CONSIDERANDO: que a fojas 800 y vuelta cursa el Auto de Vista dictado en fecha 20 de diciembre de 2002 que anula obrados con reposición hasta el estado que la Juez de la causa dicte nueva sentencia, bajo el argumento de que en la sentencia se hubiesen incumplido requisitos esenciales relativos a la apreciación de los elementos probatorios aportados por las partes, disponiendo la reposición del proceso, anulando la sentencia de fojas 778 a 779 y vuelta dictada por la Juez de Partido Liquidador Primero en lo Penal de la ciudad de Oruro que declara probada en parte la demanda, calificando la responsabilidad civil que debe cancelar el demandado en la suma de Bs 37.200.- (treinta y siete mil doscientos 00/100 bolivianos), monto a ser pagado en dos abonos de conformidad al detalle que se realiza en resolución.

CONSIDERANDO: que contra el Auto de Vista y dentro el plazo previsto por la norma del artículo 331 del Código de Procedimiento Penal, el recurrente interpone Recurso de Casación solicitando al Máximo Tribunal de Justicia se anulen obrados hasta la sentencia inclusive