Auto Supremo AS/0022/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2005

Fecha: 31-Ene-2005

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en desacuerdo con el requerimiento del Sr. Fiscal Adjunto, ejerciendo la facultad fiscalizadora que le otorga el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial, preservando la vigencia plena del debido proceso y en aplicación del numeral 4) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal, ANULA obrados hasta fojas 799 vuelta inclusive, disponiendo que el Tribunal de Apelación dicte nuevo Auto de Vista en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 290 segundo párrafo del Código de Procedimiento Penal sin espera de turno. Se apercibe severamente a los señores Vocales suscriptores del Auto de Vista impugnado imponiéndose a cada uno la multa de Bs 100.- (cien 00/100 bolivianos) en favor del Tesoro Judicial que deberán ser descontados por habilitación